Decreto Supremo N° 44. Todo lo que usted debe conocer

COSMOS DEL SUR® comprometido con nuestros clientes y público en general, damos respuesta a las interrogantes que surgen con la entrada en vigencia del Nuevo Decreto Supremo Nº44, Reglamento que establece requisitos de seguridad y rotulación de extintores portátiles.


Diferencias destacadas entre Decretos N°369 y N°44

DIFERENCIAS DE EXIGENCIAS EN LA CERTIFICACION DE EXTINTORES

En el mes de Febrero de 2020 entra en vigencia el nuevo decreto “REGLAMENTO QUE ESTABLECE REQUISITOS DE SEGURIDAD Y ROTULACIÓN DE EXTINTORES PORTÁTILES”, DECRETO SUPREMO N°44.

Ante la entrada en vigencia del nuevo DS 44, COSMOS DEL SUR® ha querido informar a sus clientes, de las diferencias más relevantes entre la certificación de extintores con el actual DS 369 y el DS 44.

DS 369

DS 44

No establece requisitos mínimos de calidad y seguridad para los extintores, además sesga su control a la aplicación parcial de las Normas Chilenas. Establece estándares de calidad, requisitos de seguridad y no sesga la aplicación de las Normas Chilenas.
No establece contenido porcentual del compuesto activo en el PQS (Polvo Químico Seco). En Art. 11, letra c, establece que el contenido porcentual del compuesto activo en el PQS, no deberá ser menor que 70%.
No establece requisito de seguridad en presión de trabajo. En Art. 15, establece requisito de seguridad, la presión de trabajo deberá ser mínimo 195 psi, en los extintores portátiles a base de Polvo Químico Seco (PQS).
Determina potencial de extinción Clase A, según Norma NCh 1432/1-1993. En Art. 18, aumenta carga de combustible en un 30% aproximadamente para todos los potenciales Clase A, ya que se aplica actual norma vigente NCh 1432/1-2007 más exigente.
No establece requisitos de seguridad. En el TITULO TERCERO, establece el cumplimiento de Requisitos de Seguridad, ya que entre los Art. 14 y Art. 22 especifica que los extintores deben cumplir con normas NCh 1735, NCh 1180 partes 2/5, NCh 1724, NCh 1737, NCh 3178, NCh 3181, NCh 1432 partes 1/2/3/4 y 5.

 

CON RESPECTO A LOS SERVICIOS TÉCNICOS DE EXTINTORES LA DIFERENCIA ENTRE LOS DECRETOS ES LA SIGUIENTE:

  • DS 369 no establece certificación de los Servicios Técnicos de Extintores (STE)
  • DS 44 Exige que los Servicios Técnicos de Extintores deberán estar certificados.

 
En conclusión, el DS 369 es menos exigente que el DS 44, ya que este último establece estándares mínimos de calidad y seguridad, además considera la exigencia de certificación del Servicio Técnico, todo ello en beneficio del cliente, el cual podrá contar con equipos y servicios de mejor calidad.

Certificación Obligatoria - Servicio Técnico Extintores

Con la entrada en vigencia del nuevo Decreto Supremo N°44, en febrero de 2020, REGLAMENTO QUE ESTABLECE REQUISITOS DE SEGURIDAD Y ROTULACIÓN DE EXTINTORES PORTÁTILES

La mayor diferencia entre el DS 369 y DS 44, se ve reflejado en su Artículo 25°, “Los Servicios Técnicos deberán estar certificados por un organismo de certificación de productos acreditado por el Sistema Nacional de Acreditación del Instituto Nacional de Normalización”.

También, se hace referencia en su Artículo N° 26 que los Servicios Técnicos de Extintores (STE) deben realizar mantenimientos y recargas a los extintores conservando las características técnicas originales del equipo, utilizando partes y piezas de acuerdo al manual del fabricante o importador.

Por lo tanto, los STE solo podrán realizar el servicio de acuerdo a las instrucciones contenidas en el Manual del Fabricante o importador del extintor, utilizando los repuestos originales a fin de mantener las características técnicas originales del equipo, caso contrario el extintor pierde automáticamente su certificación.

Los STE deben considerar para el desarrollo de sus funciones lo establecido en DS 44, lo que no esté contemplado en este reglamento debe ser lo dispuesto por las siguientes Normas Chilenas y sus anexos:

  • NCh 2056-2008   Extintores Portátiles – Inspección, mantenimiento y recarga
  • NCh 3268-2012   Extintores Portátiles – Servicio Técnico - Requisitos.


Cabe señalar, que a la fecha no hay organismos de certificación acreditados por el INN para certificar a los STE, no obstante, hay una gran cantidad de STE que están certificados en el plano voluntario.

Preguntas Frecuentes

Con la entrada en vigencia del nuevo Decreto Supremo Nº44, Reglamento que establece requisitos de seguridad y rotulación de extintores portátiles, surgen varias interrogantes que COSMOS DEL SUR® comprometido con sus clientes y público en general, da respuesta a estas inquietudes.

¿Qué es el Decreto Supremo N°44?

Un decreto es la decisión de una autoridad sobre la materia en que tiene competencia. Suele tratarse de un acto administrativo llevado a cabo por el poder ejecutivo, con contenido normativo reglamentario y jerarquía inferior a las leyes, el 20 de febrero del 2018 el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo publica el Decreto Supremo N°44, el cual “aprueba reglamento que establece requisitos de seguridad y rotulación de extintores portátiles”.

¿Porque se modifica el actual decreto N°369 que reglamenta normas sobre extintores portátiles?

El actual reglamento del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción no establece requisitos mínimos de calidad y seguridad para los extintores y sesga su control a la aplicación parcial de las Normas Chilenas, sumado a la falta de control de los servicios post venta y relativos a la inspección, mantención y recarga de los extintores portátiles.

¿Cuáles son las principales diferencias entre Decretos Supremos N° 369 y 44?

Las principales diferencias son:

DS 369 no establece requisitos mínimos de calidad y seguridad en extintores.
DS 44 establece requisito mínimo de calidad en PQS y requisito mínimo de seguridad en la presión de trabajo de los extintores.
DS 369 Sesga el control de los extintores, ya que aplica parcialmente las Normas Chilenas.
DS 44 Se aplican más Normas Chilenas y en forma íntegra.
DS 369 No incorpora a los Servicio Técnicos de Extintores (STE)
DS 44 Establece obligatoriedad de certificación de los Servicios Técnicos de Extintores (STE)

¿En qué fecha se aplicará dicho Decreto?

Este decreto fue promulgado el 18 de marzo del 2015. La publicación fue el 20 de febrero 2018. La entrada en vigencia o aplicación debería haber sido a partir del 20 de febrero 2019, sin embargo, con fecha 16 de enero del 2019 se publica decreto N°151, el cual da una prórroga de un año para aplicar el DS 44, por lo tanto, a partir del 20 de febrero del 2020 entrara en vigencia este nuevo reglamento.

¿Cómo afecta mi actual sistema de protección contra incendio, la entrada en vigencia este nuevo decreto?

Actualmente los extintores que se comercializan están certificados bajo DS 369 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, por lo tanto, cumplen con el actual marco legal, con la entrada en vigencia del decreto DS 44, se verán afectadas todas aquellas empresas que adquieran extintores que no cumplan con este decreto y/o contraten Servicios Técnicos de Extintores (STE) que no estén certificados de acuerdo al nuevo marco legal.

¿Puedo reacondicionar mis actuales equipos para que sean certificados?

El nuevo DS 44, habla del cumplimiento de requisitos mínimos de rotulación y de seguridad que deben cumplir todos los extintores portátiles nuevos, tanto manuales como rodantes, no considera reacondicionar extintores que estén en servicio para ser certificados según DS 44.

¿Existe alguna prorroga o consideración para los actuales equipos que no cumplirán con el nuevo Decreto?

Los extintores que actualmente están certificados bajo DS 369, seguirán vigentes y se irán dando de baja en la medida que dejen de cumplir con las características técnicas originales con las cuales fueron certificados.

¿Cuáles son las sanciones, de no cumplimiento con el nuevo Decreto Supremo 44?

Si la autoridad realiza una fiscalización, y verifica que la empresa no cuenta con extintores certificados de acuerdo a marco legal que se encuentre vigente, se expone a multas y sanciones que dependerán de la gravedad de la falta.

¿Cómo debo proceder para dar cumplimiento a las nuevas exigencias del Decreto Supremo 44?

Adquiriendo extintores certificados y contratando un Servicio Técnico de Extintores certificado bajo DS N°44.

¿Quiénes podrán realizar el servicio técnico de extintores?

Con la entrada en vigencia del nuevo DS N° 44, solo podrán intervenir extintores portátiles y rodantes aquellas empresas que estén certificadas por algún organismo de certificación que este acreditado ante el INN.

¿Cómo se realizarán los servicios de inspección, mantención y recarga de los extintores?

Estos servicios se realizarán de acuerdo a manuales del fabricante o importador, además de normas NCh 2056 – 2008 “Extintores Portátiles, Inspección, Mantenimiento y Recarga” y NCh 3268 – 2012 “Extintores Portátiles, Servicio Técnico, Requisitos”, cabe señalar que la intervención de los equipos debe ser realizada por un STE certificado.

 ¿COSMOS DEL SUR® cuenta con Certificaciones?

Cosmos del Sur tiene su Servicio Técnico de Extintores certificado por CESMEC S.A. (Centro de Estudios, Medición y Certificación de Calidad), cumpliendo las exigencias de la autoridad y las normas actualmente vigentes.

 

Además, contamos con certificación de Bureau Veritas para nuestro Sistema de Gestión de Calidad bajo la norma  ISO 9001-2015. De igual forma, estamos certificados por la Dirección del Trabajo bajo el programa de Buenas Prácticas Laborales - BPL-2014; contamos desde diciembre de 2016 con un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional con el Programa PEC de Mutual de Seguridad C.Ch.C, y actualmente nos encontramos implementando el Sistema de Gestión Ambiental bajo la norma  ISO 14001:2015.

 

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